Valor venal de un coche: qué es y cómo se calcula con las tablas de Hacienda
Respuesta corta. El valor venal es el precio que el Ministerio de Hacienda asigna a tu modelo en una tabla oficial, rebajado por los años que lleva matriculado. Se calcula en dos pasos: se busca el precio medio de tu versión en el anexo I de la Orden HAC/1501/2025 y se le aplica el porcentaje que corresponda a su antigüedad en el anexo IV. Nada más. No entran los kilómetros, ni el estado, ni el mantenimiento, ni los extras que pagaste aparte.
Debajo tienes las tablas oficiales completas, los dos matices del anexo IV que cambian la cifra y casi nadie explica, y tres ejemplos calculados con precios reales del BOE para que compruebes el tuyo.
Cuando una aseguradora te dice cuánto vale tu coche, o cuando Hacienda revisa lo que declaraste al comprar uno de segunda mano, casi siempre hay detrás la misma tabla. No es una tasación, no la hace nadie mirando tu vehículo y no tiene en cuenta nada de lo que tú sabes de él. Es una cifra administrativa que sale de cruzar dos datos: el modelo y la fecha en que se matriculó por primera vez.
Entender de dónde sale esa cifra es lo que te permite saber si es razonable o no en tu caso, y ese es el objetivo de esta guía. La fuente es una sola: la Orden HAC/1501/2025, de 17 de diciembre, publicada en el BOE número 308 del 23 de diciembre de 2025 con la referencia BOE-A-2025-26357, en vigor desde el 1 de enero de 2026. Todo lo que aparece aquí en forma de tabla o de porcentaje está tomado de ella y se puede comprobar.
Qué es el valor venal de un coche
El valor venal es el valor que la Administración atribuye a un vehículo usado a partir de los precios medios de venta que publica cada año el Ministerio de Hacienda. La propia orden explica para qué nace: sus tablas «serán utilizables como medios de comprobación» del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
Esa frase es más importante de lo que parece, porque delimita lo que el valor venal es y lo que no es. Nace como herramienta fiscal, para que Hacienda pueda comprobar si el precio que declaraste al comprar un coche de segunda mano se aparta mucho de lo normal. Las aseguradoras lo adoptaron después como referencia para calcular indemnizaciones, y de ahí viene la confusión: la mayoría de la gente se encuentra con el valor venal por un siniestro, no por un impuesto. El caso en que sí te lo encuentras por un impuesto es el de un coche usado que se matricula en España por primera vez: la base del impuesto de matriculación de un coche usado importado sale de estas mismas tablas de Hacienda, con una minoración propia.
Conviene decirlo claro desde el principio: en las tablas de Hacienda no existe ninguna entrada llamada «valor venal coche». Lo que hay es un precio medio por marca, modelo y versión, y una tabla de porcentajes por años de uso. El valor venal es el resultado de multiplicar uno por otro.
Cómo se calcula el valor venal paso a paso
El cálculo completo tiene dos pasos obligatorios y uno que solo se aplica en algunos casos. Ninguno de los tres necesita una calculadora: hacen falta la orden del BOE y el permiso de circulación.
Paso 1. Busca el precio medio de tu versión en el anexo I. El anexo I recoge los precios medios de vehículos de turismo y todo terreno, autocaravanas, motocicletas y quads «usados durante el primer año posterior a su primera matriculación», ordenados por marca. Para cada versión figuran el periodo comercial, la cilindrada, el número de cilindros, el tipo de motor, la potencia en kilovatios y en caballos, y el valor en euros para 2026. Tienes que localizar tu versión exacta, no solo el modelo: en un mismo Golf o un mismo León conviven quince entradas con precios distintos.
Paso 2. Aplica el porcentaje que corresponda a su antigüedad, del anexo IV. El artículo 3 de la orden dice que sobre esos precios medios «se aplicarán los porcentajes que correspondan, según los años de utilización y, en su caso, actividad del vehículo». La tabla está en la sección siguiente.
Paso 3, solo si procede. Reduce el resultado al 70 por 100. Se aplica a los vehículos que han estado dedicados a determinadas actividades. Lo explico más abajo, porque es la regla que con más frecuencia se pasa por alto.
Ejemplo completo con un precio real del BOE
Un SEAT LEON 1.2 TSI Reference de 86 caballos, periodo comercial 2012 a 2016, figura en el anexo I con un precio medio para 2026 de 13.600 euros.
Si se matriculó en marzo de 2014, a día de hoy lleva 12 años y 6 meses de uso. Le corresponde el tramo «más de 12 años», que es el 10 por 100.
13.600 x 0,10 = 1.360 euros de valor venal.
La tabla de porcentajes por años de uso que usa Hacienda
Esta es la tabla del anexo IV para turismos, todoterrenos, motocicletas y quads ya matriculados, reproducida tal como aparece en la orden. Es la que decide la cifra final.
| Años de uso | Porcentaje aplicable |
|---|---|
| Hasta 1 año | 100 |
| Más de 1 año, hasta 2 | 84 |
| Más de 2 años, hasta 3 | 67 |
| Más de 3 años, hasta 4 | 56 |
| Más de 4 años, hasta 5 | 47 |
| Más de 5 años, hasta 6 | 39 |
| Más de 6 años, hasta 7 | 34 |
| Más de 7 años, hasta 8 | 28 |
| Más de 8 años, hasta 9 | 24 |
| Más de 9 años, hasta 10 | 19 |
| Más de 10 años, hasta 11 | 17 |
| Más de 11 años, hasta 12 | 13 |
| Más de 12 años | 10 |
Anexo IV de la Orden HAC/1501/2025, de 17 de diciembre (BOE-A-2025-26357). Porcentajes aplicables a los vehículos del anexo I ya matriculados, distintos de los destinados a vivienda.
Hay un detalle de esta tabla que merece la pena conocer, porque explica por qué tantas cifras chirrían. El preámbulo de la propia orden dice que se «mantiene la tabla de porcentajes de depreciación contenida en el anexo IV de la Orden de 15 de diciembre de 1998 y en las órdenes sucesivas». Es decir: los precios medios del anexo I se actualizan cada año, pero la curva de depreciación que se les aplica es la misma desde 1998. Un coche de nueve años vale, para esta tabla, el 19 por 100 de su precio de referencia, igual que hace veintisiete años, con independencia de cómo se comporte hoy el mercado de segunda mano en ese segmento.
Las autocaravanas, las campers y los vehículos vivienda tienen su propia tabla en el mismo anexo IV, bastante más suave, y se pierden años de vida útil mucho más despacio.
| Años de uso | Porcentaje aplicable |
|---|---|
| Hasta 1 año | 100 |
| Más de 1 año, hasta 2 | 87 |
| Más de 2 años, hasta 3 | 77 |
| Más de 3 años, hasta 4 | 71 |
| Más de 4 años, hasta 5 | 65 |
| Más de 5 años, hasta 6 | 59 |
| Más de 6 años, hasta 7 | 53 |
| Más de 7 años, hasta 8 | 48 |
| Más de 8 años, hasta 9 | 43 |
| Más de 9 años, hasta 10 | 38 |
| Más de 10 años, hasta 11 | 33 |
| Más de 11 años, hasta 12 | 29 |
| Más de 12 años, hasta 13 | 25 |
| Más de 13 años, hasta 14 | 22 |
| Más de 14 años, hasta 15 | 19 |
| Más de 15 años, hasta 16 | 16 |
| Más de 16 años, hasta 17 | 14 |
| Más de 17 años, hasta 18 | 12 |
| Más de 18 años | 10 |
Anexo IV de la Orden HAC/1501/2025: porcentajes para autocaravanas, campers y vehículos vivienda ya matriculados.
Las dos reglas del anexo IV que casi nadie aplica
Las tablas de arriba circulan por internet, aunque casi siempre sin decir de qué orden salen. Lo que no suele acompañarlas son las dos reglas que deciden qué fila te toca y si el resultado se queda ahí. Las dos están en el mismo anexo IV y las dos mueven dinero.
El tramo se cuenta desde la fecha de la primera matriculación
El anexo I titula sus tablas «precios medios de vehículos […] usados durante el primer año posterior a su primera matriculación». El punto de partida, por tanto, no es el año del modelo, ni el año natural, ni la fecha en que tú lo compraste: es la fecha que figura como primera matriculación en el permiso de circulación. Y los tramos están redactados como intervalos abiertos y cerrados, «más de 11 años, hasta 12», no como años naturales.
La consecuencia práctica es que un puñado de meses cambia la cifra. Con el mismo SEAT León del ejemplo anterior, de 13.600 euros de precio medio:
| Primera matriculación | Tiempo transcurrido a 14 de septiembre de 2026 | Tramo del anexo IV | Valor venal |
|---|---|---|---|
| Marzo de 2014 | 12 años y 6 meses | Más de 12 años: 10 por 100 | 1.360 euros |
| Noviembre de 2014 | 11 años y 10 meses | Más de 11 años, hasta 12: 13 por 100 | 1.768 euros |
Cálculo propio sobre el precio medio del anexo I y los porcentajes del anexo IV de la Orden HAC/1501/2025, hecho el 14 de septiembre de 2026.
Son 408 euros de diferencia entre dos coches idénticos por ocho meses de matriculación. Si te dan una cifra y no te cuadra, lo primero que conviene comprobar es qué fecha han usado y en qué tramo te han metido.
La reducción al 70 por 100 por la actividad del vehículo
Esta es la regla que se pierde con más frecuencia, y está escrita en el último párrafo del anexo IV. Dice que el importe resultante de aplicar los porcentajes «se reducirá al 70 por 100 cuando el vehículo transmitido hubiese estado dedicado exclusivamente durante más de seis meses desde la primera matriculación definitiva, a las actividades de enseñanza de conductores mediante contraprestación o de alquiler de vehículos, sin conductor, o bien tuviera la condición, según la legislación vigente, de taxi, autotaxi o autoturismo».
En castellano llano: si el coche fue de autoescuela, de alquiler sin conductor, o taxi, autotaxi o autoturismo durante más de seis meses, el valor se queda en el 70 por 100 de lo que salga de la tabla. Siguiendo con el León de los 1.360 euros, si hubiera sido un coche de autoescuela la cifra bajaría a 952 euros.
Esto importa en las dos direcciones. Si estás comprando un coche que fue de alquiler, el valor de referencia para el impuesto de transmisiones es más bajo de lo que te diría una calculadora genérica. Lo que esa tabla no te dice es en qué estado está el vehículo, y ahí el dato útil lo da una revisión pericial antes de comprar. Y si el vehículo siniestrado es tu taxi, conviene saber que la cifra de partida que maneja la compañía ya puede llevar esa reducción incorporada.
Valor venal de una moto, un quad o una autocaravana
Las motos no se valoran por marca y modelo, sino por cilindrada. El anexo I fija un precio de referencia para el primer año según los centímetros cúbicos del motor, y después se aplica exactamente la misma tabla de porcentajes por años de uso que a los turismos. Esta es la tabla completa para 2026.
| Cilindrada | Precio medio primer año (euros) | Precio medio de quads (euros) |
|---|---|---|
| Hasta 50 c.c. | 950 | 1.250 |
| De 50,01 a 75 c.c. | 1.150 | 1.650 |
| De 75,01 a 125 c.c. | 1.600 | 2.150 |
| De 125,01 a 150 c.c. | 1.700 | 2.750 |
| De 150,01 a 200 c.c. | 1.900 | 3.400 |
| De 200,01 a 250 c.c. | 2.250 | 4.350 |
| De 250,01 a 350 c.c. | 3.100 | 5.600 |
| De 350,01 a 450 c.c. | 3.800 | 7.200 |
| De 450,01 a 550 c.c. | 4.150 | 8.900 |
| De 550,01 a 750 c.c. | 6.700 | 11.450 |
| De 750,01 a 1.000 c.c. | 10.000 | 15.400 |
| De 1.000,01 a 1.200 c.c. | 12.550 | 19.150 |
| De 1.200,01 c.c. y superior cilindrada | 15.500 | 19.150 |
Anexo I de la Orden HAC/1501/2025: precios medios de ciclomotores y motocicletas de motor de combustión y de quads, usados durante el primer año posterior a su matriculación. En quads el último tramo de la orden es «de 1.000,01 c.c. y superior cilindrada».
Para una moto de 900 centímetros cúbicos matriculada en mayo de 2019, el cálculo sería: 10.000 euros de precio de referencia, 7 años y 4 meses de uso, tramo «más de 7 años, hasta 8», 28 por 100. Resultado, 2.800 euros.
Las motocicletas eléctricas siguen la misma lógica pero se ordenan por potencia en kilovatios en vez de por cilindrada, desde 1.400 euros para las de hasta 2 kW hasta 24.400 euros para las de más de 90 kW. Las autocaravanas sí figuran por marca y modelo en el anexo I, y usan la tabla de depreciación específica que has visto antes.
Valor venal, valor venal mejorado, valor de mercado y valor de restos
Cuatro nombres parecidos para cuatro cifras distintas. Confundirlas es el origen de casi todas las discusiones sobre indemnizaciones.
| Concepto | Qué es | De dónde sale |
|---|---|---|
| Valor venal | El valor del vehículo según las tablas oficiales, antes del siniestro o de la transmisión | Precio medio del anexo I por el porcentaje del anexo IV de la orden del BOE |
| Valor venal mejorado | El valor venal incrementado en el porcentaje que recoja tu póliza | Una cláusula del condicionado de tu seguro, no la orden. Varía de una compañía a otra |
| Valor de mercado | Lo que costaría comprar hoy un vehículo equivalente al tuyo, en su estado real | Anuncios y operaciones reales de unidades comparables, ajustados por estado, kilómetros, extras e historial |
| Valor de restos | Lo que vale el vehículo ya siniestrado por sus piezas aprovechables y su chatarra | Oferta de un desguace o de un centro autorizado de tratamiento |
La diferencia entre el valor venal y el valor de mercado es lo que de verdad se discute cuando una compañía declara un siniestro total, y ese es un asunto con reglas propias, plazos legales y una forma concreta de plantearlo. Lo tienes desarrollado en nuestra guía sobre cómo negociar un siniestro total con la aseguradora, que es donde entramos en la parte de la negociación, la documentación que hay que pedir y los plazos que marca la ley.
Qué no mide el valor venal y cuándo esa cifra no te sirve
Todo lo que hace única a tu unidad concreta está fuera del cálculo. La tabla no pregunta por ello y no hay casilla donde meterlo.
- Los kilómetros. Da igual que tenga 40.000 o 280.000: el porcentaje es el mismo.
- El estado real de la carrocería, la mecánica y el interior.
- El mantenimiento, aunque tengas todas las revisiones selladas en el concesionario.
- Los extras y el equipamiento que pagaste aparte o instalaste después.
- La rareza del modelo, las series limitadas y los vehículos de colección.
- Las reparaciones recientes, aunque acabes de poner distribución, embrague o cuatro neumáticos.
Mientras el valor venal se use para lo que nació, comprobar un impuesto, esa simplificación tiene sentido: la Administración necesita un criterio uniforme y automático para millones de operaciones. El problema aparece cuando esa misma cifra se usa para decidir cuánto cobras por un coche que era el tuyo, con su kilometraje y su historial, y no el promedio estadístico de su versión.
Hay tres situaciones en las que la cifra de tabla se queda especialmente corta y conviene contrastarla con una valoración hecha sobre el vehículo real:
- Coches muy cuidados o con pocos kilómetros para su edad. Son justo los que más pierden con una tabla que solo mira la fecha.
- Vehículos que no están en el anexo I, o que están con una versión que no es la tuya. Importaciones, carrozados, adaptaciones y modelos singulares no encajan en la tabla.
- Clásicos, unidades de colección y vehículos con valor de afección. Aquí la curva de depreciación de 1998 apunta en sentido contrario al del mercado real.
En esos casos la cifra que sirve para discutir no es otra tabla, sino un documento que acredite el estado real de tu unidad en una fecha determinada, firmado por un técnico que responda de él. Eso es una tasación pericial de tu vehículo, y es un trabajo distinto del que hace una calculadora: se inspecciona el coche, se documenta lo que tiene y se sostiene la cifra con comparables fechados. Si lo que tienes delante es un desacuerdo con el informe de una compañía, lo que encaja es un contraperitaje de siniestros, y si quieres saber de qué orden de magnitud hablamos antes de decidir, lo explicamos en cuánto cuesta un perito de coches.
Dudas habituales sobre el valor venal de un coche
¿Puedo saber el valor venal de mi coche por la matrícula?
Por la matrícula sola, no. Lo que la matrícula permite deducir es la fecha aproximada de la primera matriculación, que es uno de los dos datos del cálculo. El otro, el precio medio del anexo I, depende de la marca, el modelo y la versión exacta, que no van en la matrícula. Las herramientas que prometen el valor venal a partir de la matrícula lo que hacen en realidad es consultar los datos técnicos del vehículo asociados a esa matrícula y después aplicar la tabla. El dato que manda está en tu permiso de circulación y en la ficha técnica.
¿Dónde están las tablas oficiales del valor venal?
En la Orden HAC/1501/2025, de 17 de diciembre, publicada en el BOE del 23 de diciembre de 2025 con la referencia BOE-A-2025-26357. El anexo I trae los precios medios por marca, modelo y versión, y el anexo IV los porcentajes por años de uso. Se publica una orden nueva cada diciembre que sustituye los anexos de la anterior, así que conviene comprobar siempre cuál está en vigor en la fecha que te interesa. La que se aplica durante 2026 es la citada, que entró en vigor el 1 de enero de 2026 y sustituyó a la Orden HAC/1484/2024.
¿El valor venal es lo mismo que lo que me va a pagar el seguro?
No necesariamente. El valor venal es una referencia de cálculo, no una regla de indemnización. Lo que cobras depende de lo que diga tu póliza, que puede recoger un valor venal mejorado, un valor de nuevo durante los primeros años o un criterio de valor de mercado. Además, si te quedas con el vehículo siniestrado, la compañía suele descontar el valor de los restos. Revisa el condicionado de tu seguro antes de dar por buena cualquier cifra.
¿Qué pasa si mi modelo no aparece en las tablas de Hacienda?
Ocurre con importaciones, carrozados, vehículos adaptados, modelos muy antiguos y versiones poco frecuentes. Cuando no hay entrada en el anexo I no hay precio medio que aplicar, y la valoración tiene que hacerse por otros medios de comprobación de los que admite la Ley General Tributaria, o directamente mediante un dictamen de perito sobre el vehículo concreto. Es también el caso en el que una cifra sacada de una calculadora genérica es menos fiable, porque se estará apoyando en un modelo parecido, no en el tuyo.
¿Sirve el valor venal para calcular el impuesto de transmisiones al comprar un coche usado?
Sí, ese es precisamente su origen. Las tablas se aprueban como medio de comprobación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del de Sucesiones y Donaciones y del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. El tipo que se aplica sobre esa base lo fija cada comunidad autónoma, así que la base sale del BOE y el porcentaje del impuesto, de tu comunidad. Si compras un coche por debajo del valor de tabla, Hacienda puede comprobar la operación y liquidar por la diferencia.
¿El valor venal de un coche de más de doce años deja de bajar?
En la tabla, sí. El último tramo de la tabla de turismos es «más de 12 años» con un 10 por 100, y ahí se queda con independencia de que el vehículo tenga trece años o treinta. Para autocaravanas y vehículos vivienda ese suelo llega a los dieciocho años, también en el 10 por 100. Es un suelo administrativo, no una afirmación sobre el mercado: por eso los vehículos muy antiguos en buen estado son los que peor encajan en este sistema.
¿La cifra que te han dado por tu coche no se parece a lo que vale?
Cuéntanos tu caso y qué valoración tienes sobre la mesa. Revisamos la situación, te decimos si una tasación pericial aporta algo en tu caso y, si lo hace, la hacemos con inspección del vehículo e informe firmado con validez judicial en toda España.
Solicitar estudio gratuito Llamar 664 232 720Fuentes consultadas el 14 de septiembre de 2026: Orden HAC/1501/2025, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (BOE-A-2025-26357, BOE número 308 de 23 de diciembre de 2025, en vigor desde el 1 de enero de 2026), artículos 1 a 3, anexo I y anexo IV; Orden HAC/1484/2024, de 26 de diciembre, a la que sustituye; Orden de 15 de diciembre de 1998, origen de la tabla de porcentajes del anexo IV según el preámbulo de la orden vigente. Los precios de modelos concretos citados son los que figuran en el anexo I para el ejercicio 2026 y los cálculos de ejemplo son propios, hechos el 14 de septiembre de 2026 aplicando los porcentajes del anexo IV. Este artículo es orientación general sobre el cálculo del valor venal y no sustituye la valoración de un vehículo concreto ni el asesoramiento sobre tu póliza o tu situación fiscal.



